Después de concluida la Revolución Mexicana, algunas mujeres iniciaron movimientos para demandar igualdad en derechos. Los primeros resultados positivos se dieron en los estados de Tabasco, Chiapas y Yucatán ya que estos sentaron el precedente dando oportunidad para que las mujeres votaran y pudieran ser candidatas en puestos de representación locales.
La reforma al artículo 115 Constitucional realizada en 1947 permitió a las mujeres participar en elecciones municipales. Seis años más tarde, en 1953, México adoptó los postulados de la Convención de los Derechos Políticos de la Mujeres, los cuáles fueron negociados en la Asamblea General de las Naciones Unidas.
El Presidente Adolfo Ruiz Cortines decreta las reformas a los artículos 34 y 35 constitucionales en los que se le concede a la mujer la plenitud de sus derechos civiles y políticos. Asimismo, le permite ejercer su voto y postularse en puestos de elección.
La mujer mexicana adquiere plenitud de derechos civiles y políticos conforme a las reformas de los artículos 34 y 35 constitucionales. Quedó capacitada para ejercer su voto y postularse en puestos de elección popular.
28 años más tarde México ratificó los postulados de la Convención de los Derechos Políticos de la Mujeres ante la ONU y el Presidente José López Portillo promulgó el decreto correspondiente el 21 de abril.