La reforma realizada al artículo 83 incorpora el precepto de “No reelección”, ya que prohíbe explícitamente la no reelección inmediata y no inmediata presidencial. Asimismo, por primera vez, se anula la reelección inmediata de los legisladores.
Después de que concluyó la Revolución Méxicana y que el País empezaba a vivir en paz y la Constitución comenzó a sufrir cambios, uno de ellos fue en 1933 al artículo 83. Los grupos de poder se dieron cuenta que los legisladores responden más a grupos regionales que a grupos partidistas, por lo que discusiones y toma de decisiones en ámbito legislativo se dificulta. Con esta reforma se obligó a que los puestos legislativos se rotaran periódicamente obligando a los políticos alejarse de sus grupos regionales y alinearse más al partido.